25 de Junio de 1856
Antecedentes de la Guerra de Reforma.
El Presidente Ignacio Comonfort,
tratando de apaciguar a los liberales màs exaltados, confirió el puesto de
Ministro de Hacienda a uno de los puros más influyentes, Miguel Lerdo de Tejada.
Èste lo convenció de
que la mejor forma de salir de apuros económicos era aprovechando los bienes
del clero, pero no confiscándolos, lo cual provocarìa un cataclismo social,
sino desamortizàndolos mediante un procedimiento que aplaudiría el clero mismo.
La Iglesia, poseedora
de una cantidad incalculable de casas, edificios, haciendas y ranchos
diseminados por todo el país, jamás vendìa sus propiedades (por lo que se les
llamaban de “manos muertas”) y con esto privaba al gobierno de cobrara los
impuestos de traslaciòn de dominio que se obtendría si las fincas fueran de
propiedad de particulares menos inclinados a conservarlas. Más aún, los bienes del clero estaban exentos
de pagos de contribuciones, al estilo feudal, y quienes las adquirieran
tendrían que cumplir con las modernas obligaciones fiscales, lo que
constituiría otro ingreso para el gobierno.
Si se obligaba por
ley a las corporaciones de origen medieval subsistentes en el país ---la
iglesia, y para ser parejos, también los ayuntamientos y las comunidades indígenas,
y en la época actual contemporànea (los años dosmil) las millonarias
corporaciones sindicales--- a vender sus propiedades de manos muertas a los
inquilinos, y si se asignaba como valor
total del inmueble el de la renta anual multiplicada por 17, la iglesia no
podía decir que se les despojaba sin indemnización y tal vez hasta agradecerìa
el hecho de poder ir cobrando los abonos al tiempo que se le libraba de la confiscación
lisa y llana que petendìan los jacobinos exaltados; la tesorerìa nacional se enriquecerìa con el
ingreso de elevadas sumas provenientes de los impuestos a las transacciones y
los miles y miles de inquilinos que tendrían la oportunidad de ascender a propietarios
quedarìan agradecidos al gobierno y se volverìan sus mejores apoyos.
La Ley de
Desamortizaciòn de bienes de la Iglesia y de corporaciones civiles se promulgo
este día 25 de junio de 1856 y se le llamó comúnmente “Ley Lerdo” por su autor
y fue firmada por el Presidente de la República, Ingacio Comonfort, y por el
Secretario de Hacienda. Miguel Lerdo de Tejada.
En el fondo, lo que
disponía la ley no era una cosa nueva, pues lo mismo había ordenado el rey
Carlos IV de España en su cedula del 26 de diciembre de 1804, previniendo se
enajenaran los bienes del clero y de obras pìas, y se consolidaran sus
capitales; pero si entonces ningún
eclesiàstico disputó ni puso en duda la facultad del soberano para dictar tales
disposiciones, ahora el clero en masa se opuso a la ejecución de la ley
pretendiendo que con ella se atacaba a la religión.
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